Vía libre para la entrada en vigor del Tratado de Lisboa PDF Imprimir E-Mail

Este documento facilita a los 27 un nuevo marco jurídico y nuevos instrumentos para el futuro

Málaga, 04/11/09. Tras una década de intensas negociaciones y de superar diversos obstáculos, el Tratado de Lisboa tiene el camino expedito para su entrada en vigor después de que el presidente checo, Václav Klaus, cediera y firmara ayer un texto que ya había sido ratificado por los otros 26 miembros de la UE. Ahora, todas las miradas están puestas en Bruselas. Los dirigentes de la UE deben ponerse de acuerdo los próximos días en quiénes serán el presidente permanente del Consejo Europeo y el alto representante para la Política Exterior, y cerrar la composición de la Comisión Europea. Si todo sale según lo previsto, Lisboa podría entrar en vigor el 1 de diciembre. La información básica sobre el Tratado puede consultarse en esta Guía.

El 13 de diciembre de 2007 los dirigentes de la UE firmaron el Tratado de Lisboa, culminando así unas negociaciones sobre asuntos institucionales que habían durado varios años. El Tratado de Lisboa modifica los Tratados de la UE y la CE ahora en vigor, pero no los sustituye. El nuevo texto proporcionará a la Unión el marco jurídico y los instrumentos necesarios para hacer frente a los retos del futuro y dar respuesta a las exigencias de los ciudadanos.

1. Una Europa más democrática y transparente: el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales tendrán mayor protagonismo, habrá más oportunidades para que los ciudadanos hagan oír su voz y será más fácil saber cómo se reparten las tareas a nivel europeo y nacional.
  • Mayor protagonismo del Parlamento Europeo: el Parlamento Europeo, directamente elegido por los ciudadanos de la Unión, estrenará nuevas competencias sobre la legislación, el presupuesto y los acuerdos internacionales de la UE. El impulso dado al procedimiento de codecisión colocará al Parlamento Europeo en pie de igualdad con el Consejo, que representa a los Estados miembros, para la mayor parte de la legislación de la UE.
  • Mayor participación de los Parlamentos nacionales: los Parlamentos nacionales podrán participar más en las actividades de la UE, principalmente a través de un nuevo mecanismo para controlar que la Unión actúe exclusivamente cuando la intervención a nivel de la UE resulte más eficaz (subsidiariedad).
  • A la escucha de los ciudadanos: gracias a la "iniciativa ciudadana", un grupo de al menos un millón de ciudadanos de un número significativo de Estados miembros podrá pedir a la Comisión que haga propuestas de legislación.
  • Reparto de tareas: la relación entre los Estados miembros y Unión Europea quedará más perfilada gracias a una clasificación precisa de las competencias de cada cual.
  • Retirada de la Unión: el Tratado de Lisboa prevé explícitamente por primera vez la posibilidad de que un Estado miembro se retire de la Unión.
2. Una Europa más eficaz, con métodos de trabajo y votación simplificados, instituciones modernas y adaptadas a la Unión de los Veintisiete y más capacidad para actuar en los ámbitos prioritarios para la UE de hoy.
  • Eficacia en la toma de decisiones: la aprobación por mayoría cualificada en el Consejo se ampliará a otras políticas, con el fin de agilizar las decisiones e incrementar su eficacia. A partir de 2014 la mayoría cualificada obedecerá al principio de doble mayoría, que se alcanzará cuando los votos favorables representen, como mínimo, el 55% de los Estados miembros y el 65% de la población.
  • Un marco institucional más estable y racionalizado: se crea el cargo de Presidente del Consejo Europeo elegido por dos años y medio y se vincula directamente la elección del Presidente de la Comisión a los resultados de las elecciones europeas.
  • Mejorar la vida de los europeos: el Tratado mejora la capacidad de la UE para abordar cuestiones que hoy día son prioritarias para la Unión y sus ciudadanos. Es el caso de la actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, ya sea para luchar contra el terrorismo o combatir la delincuencia. Lo mismo ocurre, en cierta medida, con otros campos como política energética, salud pública, protección civil, cambio climático, servicios de interés general, investigación, política espacial, cohesión territorial, política comercial, ayuda humanitaria, deporte, turismo y cooperación administrativa.
3. Una Europa de derechos y valores, libertad, solidaridad y seguridad, que potencie los valores de la Unión, conceda rango de Derecho primario a la Carta de los Derechos Fundamentales, establezca nuevos mecanismos de solidaridad y garantice una mejor protección a sus ciudadanos.
  • Valores democráticos: el Tratado especifica y consolida los valores y objetivos sobre los que se basa la Unión.
  • Derechos de los ciudadanos y Carta de los Derechos Fundamentales: el Tratado de Lisboa conserva los derechos ya existentes e introduce otros nuevos. En particular, garantiza las libertades y los principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales, cuyas disposiciones pasan a ser jurídicamente vinculantes. La Carta contiene derechos civiles, políticos, económicos y sociales.
  • Libertad de los ciudadanos europeos: el Tratado conserva y consolida las "cuatro libertades" y la libertad política, económica y social de los ciudadanos europeos.
  • Solidaridad entre los Estados miembros: se establece que la Unión y los Estados miembros actuarán conjuntamente con espíritu de solidaridad si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. También se hace hincapié en la solidaridad en el sector de la energía.
  • Mayor seguridad para todos: la Unión tendrá más capacidad de actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, lo que redundará en beneficio de la lucha contra la delincuencia y el terrorismo.
4. Hacer de Europa un actor en la escena global combinando los instrumentos con que cuenta la política exterior europea a la hora de elaborar y aprobar nuevas políticas. Gracias al Tratado de Lisboa, Europa estará en condiciones de expresarse con más claridad ante sus socios internacionales.
  • El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad —que también será Vicepresidente de la Comisión— dará mayor peso, coherencia y visibilidad a la actuación exterior de la UE.
  • El nuevo Servicio Europeo de Acción Exterior asistirá al Alto Representante en el desempeño de sus funciones.
  • La personalidad jurídica única de la Unión fortificará su poder de negociación, convirtiéndola en un actor más eficaz a escala internacional y un socio más visible para otros países y organizaciones internacionales.
  • El desarrollo de la Política Europea de Seguridad y Defensa se hará conservando un sistema especial de toma de decisiones.
 
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